Conoce cuáles son las distintas clases de divorcio que existen en Chile y sus principales diferencias
El divorcio, una palabra que provoca escalofríos en cualquiera. En el imaginario colectivo va asociado a penurias emocionales, económicas y un pesado ajetreo burocrático. La verdad, sin embargo, dista un poco de ello, al menos en lo que concierne a la burocracia y las finanzas, siempre que se cuente con una buena estrategia para abordarlo, y para ello es fundamental, por supuesto, informarse al respecto.
Empecemos por lo básico. El matrimonio, tal como lo establece el Código Civil, es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen actual e indisolublemente, y por toda la vida, con el fin de vivir juntos, de procrear, y de auxiliarse mutuamente. Dicho esto, el divorcio no es más que una declaración judicial que pone término a dicho contrato.
Ahora bien, existen distintas formas de poner término al contrato de matrimonio, tres para ser exactos: el divorcio de común acuerdo, el divorcio unilateral y el divorcio culposo. ¿De qué se trata cada uno? Veámoslo a continuación.
- Divorcio de común acuerdo
Se le conoce popularmente como “divorcio express”, y esto porque, en relación a las otras vías, resulta ser la más fácil y expedita. No requiere de tantos trámites y, en términos generales, no debería demorar más de 30 días en concretarse.
Este tipo de divorcio tiene 2 requisitos: ambas personas deben estar de acuerdo en divorciarse y deben llevar al menos 1 año separadas. El procedimiento para concretarlo consta, en síntesis, de 3 fases: la acreditación de la separación, la firma de un acuerdo completo y suficiente y la presentación de la demanda. Para acreditar la separación hay que distinguir de acuerdo a la fecha en que se realizó el matrimonio. Si se celebró después del 2005 se debe presentar el cese de convivencia, mientras que si se llevó a cabo antes, se acredita a través de testigos, pago de servicios básicos, contrato de arrendamiento u otra prueba pertinente.
- Divorcio unilateral
Esta vía es un poco más larga y compleja, y esto ya se puede vislumbrar a partir de los requisitos. Ahora, se trata de acreditar 3 años de separación, además de que no debe existir acuerdo alguno al respecto.
En lo respectivo al procedimiento, el primer paso es asistir a la mediación previa obligatoria. Hablamos de un trámite indispensable, por ley, para presentar la demanda. La idea es lograr un acuerdo y evitar que el asunto pase a tribunales. En este paso, se citará a las partes a una o más reuniones en las que estarán presentes las dos partes y un tercero imparcial, el mediador, con la intención de resolver el conflicto. Si llega a buen puerto, se levanta el acta de mediación, un documento en el que constarán por escrito todos los acuerdos a los que se llegaron y se utilizará durante el juicio.
Luego de esto, debe acreditarse la separación en los términos antes mencionados, esto es, al menos 3 años. Por último, se solicita audiencia ante tribunales. En este caso, a diferencia del anterior, se realizan dos: la audiencia preparatoria, en primer lugar, en la que se realiza un resumen del caso y se presentan los medios de prueba; y la audiencia de juicio, en la que se presentan las pruebas y, de haber sido frustrada la mediación, se resuelven aspectos como la tuición o los alimentos, además de, por supuesto, decretarse el divorcio.
- Divorcio culposo
El matrimonio es un contrato, y los contratos, por definición, son fuentes de derechos y obligaciones. El matrimonio supone amarse, respetarse y cuidarse mutuamente, y hay conductas que atentan contra dichas obligaciones, como la infidelidad y el maltrato intrafamiliar (tanto físico como psicológico), por ejemplo. Cuando una de las partes transgrede dichas obligaciones, se puede solicitar el divorcio culposo.
Para este caso, la ley establece supuestos explícitos:
- Alcoholismo o drogadicción
- Conducta homosexual
- Infidelidad
- Abandono de hogar
- Violencia física o psicológica
A diferencia de los otros casos, en el divorcio culposo no se exige la acreditación de separación de la pareja. Así las cosas, para llevar a cabo el divorcio por esta vía, de nuevo, se debe solicitar audiencia a tribunales, y se deberá pasar, primero, por una audiencia preparatoria para luego pasar a una audiencia de juicio.
Estos son los tres tipos de divorcio que existen en Chile. Por regla general, el más recomendado suele ser el divorcio de común acuerdo, ya que su tramitación es mucho más expedita que el resto, que supera fácilmente los 3 meses de duración, además, por supuesto, de la mayor accesibilidad de sus requisitos. Sin perjuicio de ello, cabe destacar que cada caso tiene sus características y aristas particulares, y es por eso que se deben analizar con cuidado las circunstancias que lo rodean, a fin de escoger la mejor estrategia para abordarlo.